Estudio de Impacto Urbano
Necesario para la emisión del Dictamen de Estudio de Impacto Urbano.
Tiene por objetivo evaluar las posibles influencias o alteraciones causadas al entorno urbano ambiental por algún proyecto público o privado en el área donde se pretenda realizar, con el fin de que la autoridad competente dictamine las medidas adecuadas para la prevención, integración y/o compensación, considerando que la programación de la ejecución sea correspondiente con el avance de obra.
El particular presenta ante la SEDUVI, el Estudio de Impacto Urbano el cual contiene:
- Análisis Normativo
- Apartado de Estudio Hidráulico
- Apartado de Estudio de Movilidad
- Apartado de Estudio de Riesgo
- Carpeta/Copia digital del Estudio para Alcaldía
Polígonos de Actuación
Tienen el objeto promover el mejor aprovechamiento del potencial de desarrollo en áreas urbanas con deterioro o infraestructura abandonada o subutilizada.
Los Polígonos de Actuación son la superficie delimitada del suelo integrada por uno o más predios, a solicitud de la Administración Pública o de particulares, para realizar proyectos urbanos mediante la relotificación y relocalización de usos de suelo.
Es decir, se permite que el potencial de desarrollo de uno o más predios se pueda utilizar aumentando niveles, sin exceder la superficie máxima de construcción (el total de metros cuadrados que se pueden construir conforme a la zonificación) y privilegiando un porcentaje mayor de área libre.
Transferencias de Potencial
Aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades del Desarrollo Urbano.
Es un instrumento de fomento que permite ceder los derechos excedentes o totales de intensidad de construcción no edificados, que le correspondan a un predio, según la normatividad vigente aplicable, en favor de un tercero, sujetándose a las disposiciones del Reglamento de esta Ley, de los programas y a la autorización emitida por la Secretaría.
El Sistema de Transferencia de Potencialidades de Desarrollo Urbano, es un instrumento de planeación y ordenamiento del desarrollo urbano, cuyo objeto es lograr el máximo aprovechamiento de los bienes y servicios que ofrece la Ciudad, para generar recursos que sean destinados al mejoramiento, rescate y protección del patrimonio cultural urbano, principalmente del Centro Histórico, así como de áreas de actuación en suelo de conservación.
Cambio de Uso de Suelo
Únicamente para establecimientos de bajo impacto.
Se entenderá por uso de bajo impacto urbano, los establecimientos mercantiles y de servicio, que no obstruyan la vía pública, no provoquen congestionamientos viales, no arrojen al drenaje sustancias o desechos tóxicos, no utilicen materiales peligrosos, no emitan humos ni ruidos perceptibles por los vecinos, cuenten con acceso directo a la vía pública y los procesos de comercialización que se desarrollen sean al menudeo.
Las reformas a los Programas para cambiar el uso del suelo urbano en predios particulares, para destinarlos al comercio, servicios de bajo impacto urbano o a la micro o pequeña industria, se sujetarán a lo siguiente:
- Comercio y servicios hasta 250.00 m2 construidos.
- Inmuebles afectos al Patrimonio Cultural Urbano hasta 750 m2 construidos.
- Micro y pequeña industria hasta 500.00 m2 construidos y 1,000.00 m2 de terreno.
